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  • 12 enero 2022
  • 2 Min. de lectura
  • 12/01/2022
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Marzo fecha límite para elaborar tu Plan de Igualdad.

ATENCIÓN EMPRESAS❗️❗️: Este próximo 7 de marzo de 2022 llega a su fin el periodo transitorio que el RD Ley 6/2019 de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación, fijaba para que las empresas de más de 50 trabajadores tengan su Plan de Igualdad elaborado y aplicado.🙋🙋‍♂️

Además, una vez elaborado, la empresa deberá inscribirse en el Registro de Planes de Igualdad de Empresas.

 

¿QUÉ ES UN PLAN DE IGUALDAD?

Los planes de igualdad de las empresas son un conjunto ordenado de medidas, adoptadas después de realizar un diagnóstico de situación, tendentes a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo.

 

¿CÓMO CALCULO LA PLANTILLA DE MI EMPRESA?

Los días 30 de junio y 31 de diciembre de cada año las empresas tendrán que efectuar el cómputo de personas trabajadoras en su plantilla, teniendo en cuenta que la unidad de referencia es la empresa y no el centro de trabajo.

 

El cómputo se realizará sobre la totalidad de las personas trabajadoras de la empresa, cualquiera que sea la forma de contratación laboral, incluidas las personas con contratos fijos discontinuos, con contratos de duración determinada y personas con contratos de puesta a disposición. En todo caso, cada persona con contrato a tiempo parcial se computará con independencia del número de horas de trabajo, como una persona más.

A este número de personas deberán sumarse los contratos de duración determinada, cualquiera que sea su modalidad que, habiendo estado vigentes en la empresa durante los 6 meses anteriores se hayan extinguido en el momento de efectuar el cómputo. En este caso, cada 100 días trabajados o fracción se computará como una persona trabajadora más.

Los becarios o personal similar sin base de relación laboral no se computaran.

Las personas cedidas por empreses de Trabajo Temporal (ETT) si que se computan.

Si tienes dudas de cómo elaborar el Plan de Igualdad en tu empresa o necesitas asesoramiento técnico, te recomendamos contactes con nosotros info@grupessentia.com

 
Categorías: Igualdad, RRHH

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